Blog de Derecho de lesiones personales

Denegada la indemnización a un trabajador por caída desde una silla

La Comisión de Indemnización por Accidentes de Trabajo Illinois dictaminó que una trabajadora del Departamento de Servicios Humanos no tenía derecho a indemnización por una caída desde una silla, porque su trabajo no la exponía a un mayor riesgo de caída.

Una auxiliar de terapia de seguridad empleada por el Departamento de Servicios Humanos testificó que estaba escribiendo notas sentada en una silla de plástico cuando la silla se le resbaló y se cayó, lesionándose la espalda, la cabeza y la mano derecha. La trabajadora declaró que la noche anterior habían encerado el suelo y, aunque la silla no tenía ruedas, resbaló en el suelo.

El árbitro de indemnización por accidente de trabajo consideró que el accidente se había producido en el curso de la actividad laboral del trabajador y le concedió prestaciones por incapacidad parcial permanente y gastos médicos. Sin embargo, la comisión revocó la decisión del árbitro al considerar que el auxiliar no tenía derecho a prestaciones.

La comisión consideró que la trabajadora no estaba expuesta a un mayor riesgo de caída por el mero hecho de estar sentada en la silla y que no había demostrado que sus lesiones fueran consecuencia de su trabajo. La comisión consideró que la auxiliar no había demostrado que existiera una relación causal entre el hecho de que la noche anterior estuvieran encerando el suelo y su caída de la silla.

[footer block_id='1953′]

Siga leyendo: Más de nuestro blog